Reforma en materia de subcontratación
2 de septiembre de 2021.
Estimados clientes y amigos:
A partir de la reforma en materia de subcontratación de servicios de personal, publicada en el DOF el 24 de abril del 2021, el artículo 15 A de la Ley de Seguro Social establece que “… la persona física o moral que preste servicios especializados o ejecute obras especializadas deberá proporcionar cuatrimestralmente a más tardar el día 17 de los meses de enero, mayo y septiembre, la información de los contratos celebrados en el cuatrimestre de que se trate, …”.
En el adjunto se amplia la información al respecto.
Atentamente
Lic. Marcelo Sánchez Fernández